Annulaciones

¿QUE ES UN MATRIMONIO?

La Iglesia¡ Católica entiendo por matrimonio a una sociedad exclusiva y permanente entre un hombre y una mujer, para entregarse y recibirse el uno al otro en una comunidad de vida, de amor y de crianza de los hijos en la familia. El matrimonio es mucho más que un contrato legal; es un sagrado vinculo en donde las partes se comprometen verdadera y totalmente una a la otra. Para los seguidores bautizados de Cristo, el matrimonio es también un sacramento, que simboliza y participa de la unión amorosa entre Cristo y Su Iglesia.

Un matrimonio sacramental genuino es el que enlaza permanentemente y que no puede ser roto por ninguna ley o poder humano, como lo atestiguan el Viejo Testamento, los evangelios de San Marcos, San Mateo y San Lucas, las cartas de San Pablo y siglos de tradición Cristiana. El Tribunal no toma el matrimonio a la ligera. sino quo reverencia el sacramento de¡ matrimonio y sostiene el principio de indisolubilidad o permanencia.

¿EN TONCES COMO ES POSIBLE UNA ANULACION?

El Tribunal no aprueba la creencia popular de que el matrimonio es meramente un contrato que puede ser terminado en cualquier momento en que las partes lo deseen. El Tribunal tiene la obligación de establecer si en primer término, en cada caso particular existió alguna vez un matrimonio verdadero o válido. Ciertas intenciones y capacidades deben ser aportadas a esta relación por las partes involucradas, a manera de que dichas partes puedan formar una unión en donde se pueda compartir la vida y el amor. Es muy obvio que no puedo existir un matrimonio a menos que ambas partes tengan la intención de formar una unión de vida permanente y exclusiva. Como tampoco puede uno comprometerse a si mismo a deberes y obligaciones que es incapaz de cumplir. Sin estas intenciones y capacidades, no puede haber verdadero matrimonio, no importa lo que indiquen las apariencias externas. Las partes de dicha relación no pueden estar atadas a algo que en realidad nunca existió.

El Tribunal debe hacer lo posible por determinar si hubo algún defecto o dejadez en el consentimiento al matrimonio, o en cualquier otro elemento vital y necesario en el matrimonio. Este defecto debe ser muy serio y verificable, para que el Tribunal pueda determinar que el matrimonio en cuestión fue inválido y no un verdadero matrimonio, como lo hemos discutido anteriormente.

Una anulacion no es un divorcio bajo otro nombre. Un divorcio rompe el vinculo verdadero existente en el matrimonio. Por otra parte, una anulación es reconocer que para principiar, nunca existió un vinculo matrimonial válido.

A través del decreto del Tribunal, la Iglesia reconoce que las partes están libres de cualquier vinculo, ya que el matrimonio, como la Iglesia lo entiende, nunca existió. El Tribunal no es el que crea la invalidez de un matrimonio. Este, únicamente reconoce y declara la invalidez, después de una cuidadosa investigación para determinar las intenciones y las capacidades que las partes aportaron a su unión.

¿QUE ES EL TRIBUNAL?

La ley de la Iglesia requiere que exista un Tribunal en cada diócesis del mundo. El Tribunal de la Diocesis de Gary está bajo la dirección de¡ Bispo de Gary y su delegado, el Oficial o Juez Presidente. Dicho Juez y su personal compuesto por expertos y entrenados sacerdotes, religiosos o religiosas y laicos, ayudan a todos los que formalmente solicitan que la Iglesia investigue un matrimonio determinado, para determinar si existen o no fundamentos para una anulación.

Las normas usadas por el Tribunal en la investigación de un matrimonio, son las ensenañzas del evanglio de Nuestro Señor Jesucristo y la ley y tradición de la Iglesia Católica. El Tribunal se preocupa por el bienestar de la gente y debe proteger los derechos de¡ hombre y de la mujer en un matrimonio especifico, as¡ como los derechos de la Iglesia, la cual ha sido encargada por Cristo para vigilar la santidad del matrimonio.

¿COMO PUEDO YO SOMETER UNA SOLICITUD DE ANULACION?

Primero, comuniquese con un sacerdote o diácono, generalmente alguno de su parroquia y pidale que lo ayude. Cualquier cura párroco o diácono deberá estar on posibilidad de ayudarle a preparar un "cuestionario preliminar' proporcionado por el Tribunal. Este relato escrito del su matrimonio, noviazgo y antecedentes de las partes involucradas ayuda al personal del Tribunal a comprender todos los factores en el matrimonio, que de otra forma son únicamente del conocimiento de las partes que buscan la anulación. Este relato escrito pasa a formar parto de los documentos de dicho caso, para que el Tribunal pueda hacer uso de los mismos durante la investigación. Todas las declaraciones orales y escritas son guardadas en estricta confidencia por el Tribunal.

El escribir este relato en su casa le permite el tiempo y la libertad para reflexionar, rezar y recordarse de los eventos del noviazgo y matrimonio, y las circunstancias que eventualmente llevaron al rompimiento de esta unión. Nosotros comprendemos que puede ser muy dificil y doloroso el volver a recordar estos eventos; pero tenemos la confianza de que Nuestro Señor le ayudará y benedecirá. Junto con este relato personal usted deberá enviar copias de su certificado de bautismo y divorcio civil o decreto de anulación. Devuelva este cuestionario preliminar al Tribunal para que se haga la investigación necesaria.

¿QUIEN PUEDE SOMETER UNA SOLICITUD DE ANULACION?

Ordinariamente, la ley de la Iglesia permite al Tribunal de la Diocesis de Gary investigar matrimonios solamente si uno de los siguientes puntos es cierto: 1) el solicitante regularmente vive en la Diocesis de Gary 2) la otra parte de esta unión regularmente vive en la Diocesis de Gary 3) el matrimonio en cuestión fue celebrado en la Diocesis de Gary.

Inclusive cualquier cónyuge sin que no lleve los requisitos puede buscar una anulación de matrimonio haciendo una solicitud al Tribunal. El solicitante no tiene que ser Católico para poder solicitar que el Tribunal investigue su matrimonio.

¿CUAL ES EL PRIMER PASO A SEGUIR UNA VEZ QUE LA PETICION HA SIDO SOMETIDA AL TRIBUNAL?

El Tribunal hace una evaluación inicial de cada solicitud para determinar si existen o no posibles fundamentos reconocidos por la ley de la Iglesia que podrían invalidar este matrimonio y si se puede o no prober razonablemente "con certeza moral" que estos factores han existido al momento del matrimonio.

Si no hay fundamentos reconocidos para la anulación, o si no hay probabilidades razonables de que dichos fundamentos pueden ser probados, la solicitud es descartada, para ahorrar más tiempo, tanto al Tribunal como al solicitante, y no prolongar esperanzas infundadas. El solicitante será notificado acerca de las razones por las cuales dicha solicitud fue descartada.

Si al parecer existen fundamentos razonables para la anulación, que puedan ser probados, la investigación continuará reuniendo la información necesaria para que el Tribunal pueda dar una decisión definitiva. En este momento, a su solicitud se le asignará un número de registro el cual usted deberá usar en toda su correspondencia con el Tribunal.

¿Y QUE PASA CON EL EX-ESPOSO/A?

La ley de la Iglesia, siempre cuidadosa tanto en proteger los derechos de ambos esposos como en buscar la verdad, requiere que el ex-esposo/a sea informado/a de la presente investigación de matrimonio. Al mismo tiempo se le invita al ex-esposo/a a someter su declaración acerca de la historia del matrimonio, tal como lo hiciera el solicitante. El Tribunal debe tener el nombre y última dirección conocida del ex-esposo/a junto con el nombre y dirección de un pariente o amigo cercano a través del cual el Tribunal se pueda comunicar con el ex-esposo/a si su dirección actual es desconocida. De preferencia es aconsejable que el solicitante se comunique con el ex-esposo/a si su dirección actual es desconocida. De preferencia es aconsejable que el solicitante se comunique con el ex-esposo/a para informarlo acerca de la investigación de la anulación antes que el Tribunal se comunique directamente con él/ellla. Sin embargo, si acaso es imposible comunicarse con el ex-esposo/a o si este rehusa ofrecer una declaración acerca M matrimonio en cuestión, puede que entoncos sea posible proceder con la investigación si esta a la disposición una amplia evidencia proporcionada por otras fuentes.

¿SE REQUIERE TAMBIEN PRESENTAR TESTIGOS?

El matrimonio no es nunca una relación privada. Por su naturaleza sacramental el matrimonio afecta profundamente a la familia, a la sociedad y a la Iglesia. Se requieren varios testigos que proporcionen información acerca M matrimonio que se está investigando, a manera de ayudar al Tribunal a tener un conocimiento más profunda de usted, su esposo/a, su matrimonio y su fracaso. Estos testigos verán su matrimonio desde una perspectiva diferente a la que usted o su ex-esposo/a puedan tener. Es importante que usted, al momento de hacer su reporte inicial proporcione una lista de nombres y direcciones de varias personas que los conocieron tanto a usted como a su esposo/a durante el periodo de su noviazgo y matrimonio y quienes podrían tener razón de conocer información acerca de las causas del rompimiento de matrimonio. Estos testigos pueden ser parientes cercanos y amigos.

Se requiere que usted sea el primero en comunicarse con estos testigos para determinar si ellos estarían dispuestos hacer una declaración al Tribunal. Luego, el Tribunal se pondrá directamente en comunicación con estos testigos para solicitar su testimonio. Sin el testimonio de los testigos es muy dificil que el Tribunal pueda determinar los hechos necesarios para tomar una decisión acerca de la validez o invalidez del matrimonio que está bajo investigación.

¿SE REQUERIRA LA PRESENCIA DE TESTIGOS ESPECIALES?

El Tribunal investiga la validez de algunos matrimonios basándose en la inhabilidad psicológica para dar consentimiento o llenar los requisitos necesarios en el matrimonio. La prueba de dichos factores descansa substancialmente en el testimonio de expertos en psicología y medicina. Si antes o durante su matrimonio ya sea usted o su ex-esposo/a consultaron doctores para enfermedades más graves, psiquiatras, psicólogos o consejeros profesionales, por favor proporcione al Tribunal los nombres y direcciones de estos profesionales. Si usted fue el que consultó a estos profesionales, el Tribunal puede pedirle que firme un documento de autorización para que dichos profesionales puedan proporcionar información al Tribunal, protegida por la confidencia entre doctor/paciente. Puede que también sea necesario que el Tribunal someta sus declaraciones y/o las declaraciones de su ex-esposo/a a un profesional seleccionado por el Tribunal para hacer una evaluación del caso. Toda esta información es de carácter confidencia¡ estricto, disponible únicamento a los miembros del Tribunal.

¿CUAL ES EL SIGUIENTE PASO?

Si después de haber revisado las declaraciones de ambuso esposos y la otros testigos se determina que existen fundamentos justos y evidentes que podrían invalidar el matrimonio se llevará cabo entonces una audiencia formal. Luego un miembro del personal del Tribunal será nombrado Intercesor, para representar formalmente los intereses de ambos esposos mientras que el Tribunal explore la validez o invalidez del matrimonio. Otro miembro del personal del Tribunal es asignado para actuar como Defensor del Vinculo Matrimonial y su deber es el de representar los derechos de la Iglesia y la dignidad del vinculo matrimonial. Un tercer miembro del personal del Tribunal es nombrado como Juez para analizar los datos sobre el matrimonio, la ley de la Iglesia y las observaciones tanto del Intercesor como las del Defensor del Vinculo Matrimonial para luego, decidir si se ha o no establecido la invalidez de¡ matrimonio. En algunos casos se asignarán tres Jueces. A ambos cónyuges se les notifica acerca de estos nombramientos y se les pide que los aprueben. Por favor, tenga confianza en que estos miembros del personal del Tribunal trabajarán diligentemente para determinar la verdad del caso y proteger los intereses de todas las partes.

Inmediatamente antes de la audiencia formal se le pide al cónyuge solicitante que firme el "Documento de Queja." Este es un documento preparado por el personal del Tribunal, el cual expone los fundamentos canonicos en los cuales se basará la investigacion formal de la invalidez del matrimonio. Una vez que el Tribunal reciba este documento, se fija una fecha para la audienca y se le informa al cónyuge acerca de dicha fecha. En esa fecha, el Juez escuchará todas las observacionos y argumentos que puedan ser presentados por el Intercesor y el Defensor del Vinculo Matrimonial, los cuales ya han preparado un ,,escrito" estipulando los argumentos canónicos en pro y en contra de la invalidez del matrimonio, basados en la evidencia presentada por el cónyuge solicitante, el otro cónyuge y los testigos. Entonces el Juez decide si el matrimonio será o no declarado inválido. No se requiere que usted esté presente durante esta audiencia.

De acuerdo a la ley de la Iglesia, se requiere una revisión de la decisión del Juez. Una vez que esta revisión se complete, la decisión de este Tribunal será definitiva y ambos cónyuges seran informados inmediatamente de dicha decisión.

¿LA ANULACION POR PARTE DE LA IGLESIA, TIENE ALGUN EFECTO CIVIL?

La anulación por parte de la Iglesia no trae consigo efectos civilos. De ninguna manera afecta la legitimidad de los niños nacidos de esta unión, ni tampoco los derechos de propiedad, herencia, derechos de visita o cualesquiera otros arreglos de la ley civil. Esta anulación es una declaración hecha por la Iglesia, manifestando que un matrimonio que presumibiemente empezó de buena fe y que según todas las apariencias externas parecia ser un matrimonio; era de hecho una unión inválida que no llenaba todos los requisitos esenciales de Cristo y de Su Iglesia para tener carácter de matrimonio sacramental. Esto no quiero decir quo se niega que existió una relación entre dos personas; sino que se reconoce que dicha unión, por las razones estipuladas, estuvo muy lejos de ser un matrimonio sacramental. De ninguna manera intenta este proceso culpar o reprochar. Por el contrario, el proceso de anulación busca reconciliar a la propia conciencia con Dios y restaurar a todas las partes a una completa participación la comunidad de la Iglesia.

Y DESPUES DE ESTO, ¿ES PERMITIDO CASARSE NUEVAMENTE POR LA IGLESIA CATOLICA?

Cuando se ha concedido una anulación y no se han puesto restricciones a las partes envueltas, ambos esposos están libres para casarse ya que no existen los vínculos matrimonialos que impidan el que puedan contraer un matrimonio válido. Al poner a uno o ambos cónyuges ciertes restricciones relativas al matrimonio, estas deberán ser satisfechas de acuerdo a las instrucciones del Tribunal antes de que se pueda nuevamente contraer matrimonio por la Iglesia. Si usted piensa contraer matrimonio deberá presentar su notificación formal de anulación al sacerdote correspondiente, como prueba de que usted está libre para casarse. Unicamente hasta después de que el proceso total de anulación esté completado puede usted volvera casarse: no importa qué le hayan dicho a usted cualquier sacerdote, religioso o persona laica Podrían suscitarse serias complicaciones si usted intenta casarse antes de que el Tribunal haya pronunciado una decisión en su caso.

¿CUANTO TIEMPO LLEVA EL PROCESO DE ANULACION?

Como cada caso es diferente, no se puede dar una contestación exacta. Muchos factores contribuyen a la duración de¡ proceso, incluyenlo la cooperación de los testigos, las consultas a profesionales y expertos y la cantidad de casos pendientes que tenga el Tribunal. Para ser justos con todas las partes, el Tribunal procesará los casos en el orden en que sean recibidos. El Tribunal agradece su cooperación y paciencia.

¿SE COBRA POR LOS SERVICIOS DEL TRIBUNAL?

El trabajo de¡ Tribunal se mantiene por medio de la generosidad de los fieles de la Diocesis de Gary, la mayoria de los cuales nunca hacen uso de estos servicios; pero que comparten y se regocijan en la alegria de quienes se reconcilian con la comunidad de la Iglesia. Nadie en el Tribunal es un ejecutivo bien pagado; pero eso si, todos trabajan mucho y por largo tiempo por el bienestar del rebaño de Cristo. A manera de sufragar los gastos de secretarias, teléfono, franqueo postal, papeleria, etc., pedimos la contribución del solicitante. Se requiere un depósito al momento de presentar la solicitud, teniendo que ser pagado el saldo restante durante el proceso o al momento de concluir éste; todo esto de acuerdo a su habilidad de pago. En los casos en donde las consultas psicológicas o profesionales de cualquier otra clase son necesarias, los gastos serán mayores.

Si esta contribución monetaria es una verdadora carga para usted, la cantidad solicitada podria ser reducida o del todo no se le cobraria. Niguna investigación de matrimonio es retrasada o ninguna decisión es negada en las bases de inhabilidad para contribuir con los gatos del Tribunal. A los ojos de Dios y de Su Iglesia, tanto los ricos como los pobres son iguales y a todos se les trata igual en el proceso del Tribunal.